El médico analista Atiliano Feijoo Santos tuvo que ejercer su profesión en uno de los peores momentos. No solo por la cantidad de pacientes que llegaron a sus manos, sino por las extremas condiciones bajo las que realizó su trabajo. En 1937, aquel respetado profesional atendía en los manicomios de Bermeo y Zaldibar, dos localidades de Bizkaia. Cuando entraron los franquistas, fue obligado a demostrar que no era rojo ni separatista. De lo contrario, sería despedido de manera fulminante.

La historia de Feijoo se asemeja a la de varios miles de funcionarios públicos que enfrentaron la peor de las pruebas posibles: sortear los expedientes abiertos por el franquismo contra miles de ciudadanos inocentes, cuyo único delito había sido simpatizar con la causa de la libertad. Coincidiendo con el ochenta aniversario de aquella brutal persecución, Público ha tenido acceso a distintos documentos que permiten conocer cómo se realizó la “depuración” de empleados públicos, un procedimiento que en algunos casos alcanzó niveles tragicómicos.

El objetivo de la dictadura era “limpiar” la administración pública de todos aquellos trabajadores que no hubiesen estado de su lado, y así fue. A medida que avanzaba sobre el territorio, el régimen franquista dictó severas órdenes contra los funcionarios públicos, que serían obligados a pasar por una serie de trámites e interrogatorios. De poco servirían sus respuestas: en la gran mayoría de los casos, el final estaba escrito de antemano.

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“Liberada la población de Bilbao por el Ejército Nacional a costa de tanto sacrificio, procede que por las Autoridades respectivas se lleve a efecto, con la máxima rapidez, la depuración del personal de los diferentes servicios para seleccionar los verdaderamente afectos a la causa de España de los que demostraron su simpatía y su apoyo decidido a la vergonzosa mezcolanza rojo-separatista. Es preciso que Bilbao, al igual que el pueblo más pequeño, sea en los sucesivo netamente español”, señalaba una resolución firmada el 3 de julio de 1937 por el Gobernador Civil de Bizkaia, Miguel Ganuza.

Con tal objetivo, la dictadura ordenó la instrucción de “ligeros expedientes” a “todos los empleados que se hayan distinguido por sus actividades políticas desarrolladas antes y durante el Movimiento Nacional, cuidando oír al interesado”, lo que incluso podía derivar en “la incautación de sus bienes”, otra de las prácticas de venganza aplicadas por el franquismo.

Anuncio de la Diputación Provincial de Vizcaya. / DANILO ALBIN

Anuncio de la Diputación Provincial de Vizcaya. / DANILO ALBIN

¿Quería usted que ganara Franco?

Aquello fue el puntapié inicial de un partido tan largo como cruel e injusto. Según consta en los archivos consultados por este periódico, las investigaciones de las autoridades franquistas contra los funcionarios “sospechosos” incluyeron unas detalladas “declaraciones juradas” en las que los trabajadores de la administración pública debían responder todo tipo de preguntas bajo una clara advertencia: “La falsedad en las contestaciones será motivo de sanción, que puede llegar a la cesantía del declarante”.

En el cuestionario, los expedientados debían aclarar si “antes del 18 de julio de 1936 pertenecían a algún partido político o sindical”. Además de responder a preguntas relacionadas con su filiación política, debían decir si “ha tenido actividades relacionadas con los elementos rojo-separatistas y cuáles han sido”. A partir de ahí, la dictadura planteaba una serie de interrogantes que rayaban el límite de lo absurdo: exigía a los funcionarios que indicasen si habían realizado “manifestaciones de adhesión o contrarias a la Causa Nacional”, “si abrigaba la convicción en el triunfo del glorioso movimiento” o “si teniendo tal convicción (en caso afirmativo) diga si hizo algún acto o intento para sumarse al mismo, y en qué consistieron”.

Las “declaraciones juradas” también incluían puntos relativos a la prensa que leían los empleados públicos, su afiliación a “sindicatos o asociaciones de toda clase” o lisa y llanamente “a quién votó en las elecciones de febrero de 1936”. Estos expedientes eran complementados con los testimonios ofrecidos por otros funcionarios o cargos públicos franquistas que aportaban información sobre el empleado objeto de la investigación.

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En el caso del País Vasco, las autoridades municipales también debían elaborar formularios en los que constase la “relación de las personas residentes y ausentes pertenecientes a este término municipal que durante el dominio rojo se han destacado en favor del gobierno de Euzkadi”. Esos informes serían elaborados por “comisiones investigadoras” especialmente creadas para esa tarea. Posteriormente, los documentos serían remitidos a las respectivas Comandancias militares de zona.

Según puede apreciarse en uno de los “modelos” de expediente, en esas fichas debía quedar claro “si ejerció algún cargo en el ayuntamiento durante el dominio rojo”, “si ejerció algún cargo en el Comité Rojo (expresando su actuación en los dos casos)” o “si formó parte de alguna junta directiva de las Sociedades Obreras, partidos políticos, juntas investigadoras locales, incluso emacumenes” (se refería a “emakumes”, nombre por el que se conocían a los grupos de mujeres nacionalistas). También debía aclararse si el investigado “fue propagandista” o “cotizante del Socorro Rojo Internacional”, además de citar “hechos concretos que haya ejecutado: persecuciones, asesinatos, etc”.

Declaración jurada. / DANILO ALBIN

Declaración jurada. / DANILO ALBIN

“Actuaciones antipatrióticas”

Siguiendo esas consignas, la Diputación de Bizkaia optó directamente por destituir a todo su personal. Seguido, los jefes provinciales del franquismo ordenaron “abrir informaciones de depuración a todo el personal”, de manera que se pudiese averiguar “si los interesados han desempeñado cargo o han colaborado en alguna forma con la que se llamó Junta de Defensa de Vizcaya, con el denominado Gobierno de Euzkadi o con el de Valencia y enfrente del Movimiento Nacional”.

También se pretendía saber si los investigados habían tenido “actuaciones antipatrióticas o contrarias al citado movimiento, determinando si por su conducta anterior o posterior al 19 de julio de 1936 se les puede considerar contrarios o afectos a cuanto significa el régimen actual y si se les conoce ideas o filiación en partido que en la actualidad esté declarado fuera de la Ley, determinando también la conducta y actuación del empleado como funcionario provincial”. Al final de su orden, el gobernador civil calificaba esta depuración como una “obra de saneamiento que por el bien de España debemos todos realizar”. Para muchos, la pesadilla acababa de comenzar.

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