Los tribunales temen una avalancha de demandas de interinos y temporales
Tres recientes sentencias han causado un terremoto en las relaciones laborales que tendrán unas repercusiones muy importantes e incluso impredecibles
Las denuncias ante la justicia de una empleada interina del Ministerio de Defensa, en Madrid, y de una trabajadora temporal del departamento de Salud del País Vasco han dado lugar a unas sentencias históricas para las relaciones laborales con una consecuencias todavía impredecibles. El primero de los casos, en el que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid obliga a indemnizar a los interinos cuando terminan su contrato, contó previamente con una sentencia aclaratoria del Tribunal de Justicia europeo, que exige a España igualar las indemnizaciones de los trabajadores fijos y los temporales.
Indemnizar con 20 días por año trabajado a los interinos en España costaría unos 250 millones de euros al año. La tasa de interinidad del del 11%, según el sindicato CSIF, mayoritario en la administración pública, aunque en algunos sectores como Educación, Justicia y Sanidad ese porcentaje se eleva al 20%. El año pasado se firmaron 1.581.739 contratos de interinidad en nuestro país.
La ministra de Empleo y Seguridad Social en funciones, Fátima Báñez, recuerda que en el acuerdo de gobierno suscrito en agosto entre el PP y Ciudadanos ya se contempla un modelo de contrato de protección creciente con una indemnización de 12 días el primer año, de 16 el segundo y de 20 el tercero.
Casi 13,4 millones de contratos temporales
En el segundo de los casos, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco eleva a 20 días la indemnización de los trabajadores temporales cuando acaban su contrato. Su importantísima repercusión es incalculable si recordamos la elevada tasa de temporalidad que presenta nuestro mercado laboral. En los nueve primeros meses de este año se han firmado 14,668 millones de contratos, de los que el 91,35% han sido temporales (13,399 millones). El resto, 1,269 millones (8,65%) fueron indefinidos, según datos del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Una de las pocas certezas en las que coinciden todos es que ambas sentencias van a provocar una avalancha de demandas en los tribunales. De hecho, los sindicatos animan a los trabajadores temporales a denunciar.CC.OO. ha puesto en marcha una campaña a través de su web y de las redes sociales con la etiqueta «#ReclamaciónTemporales» para que estos empleados tengan «una indemnización justa».
Incluso, la propia presidenta de la sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, Garbiñe Biurrun, ha animado a los trabajadores temporales a que acudan a los tribunales para reclamar si no reciben una indemnización de 20 días por año trabajado a la extinción de su contrato. «La sentencia del Tribunal Europeo se debe de aplicar ya, no hace falta ninguna reforma legal», dijo.
La posible avalancha de demandas de trabajadores temporales podría cambiar a corto plazo el abundante trabajo de los tribunales.
Reforma laboral
Ignacio Jabato, socio de laboral del despacho Cuatrecasas, Gonçalves Pereira recuerda que «desde la reforma laboral, los conflictos colectivos nos han ocupado mucho tiempo» y que «al principio, tras la reforma, los tribunales rechazaron muchos ERE por aspectos formales que en algunos casos conllevaba la nulidad del proceso».
Este despacho está especializado en Expedientes de Regulación de Empleo y es contratado habitualmente por las empresas. Jabato subraya que en los dos últimos años ya no se han rechazado tantos expedientes «porque, por un lado, hay menos despidos colectivos y, por otro, los abogados tenemos más experiencia y los defectos formales se han corregido».
Ángel Martín, abogado de CC.OO., afirma que los ERE tuvieron su punto más álgido en 2013 y 2014 y recuerda que antes de la reforma laboral el 90% de estos precedimientos se cerraban con acuerdo entre ambas partes y que poco después de la misma los tribunales rechazaron muchos expedientes. «Ahora han descendido bastante», explica a ABC.
Ignacio Jabato explica que actualmente abundan las demandas sobre conflictos colectivos que suelen presentar los sindicatos representantes de los trabajadores. «Durante la crisis, los empresarios y los trabajadores estaban más preocupados por evitar el cierre de las empresas; ahora se interesan por otras cuestiones». Otras demandas habituales son por despidos individuales, procedimiento muy utilizado por las empresas para ajustar sus plantillas.
Este socio de Cuatrecasas, Gonçalves Pereira destaca un repunte de las demandas de acoso laboral, «tanto vertical, como horizontal o transversal». Explica que los casos más comunes se refieren a denuncias de trabajadores a sus jefes y entre los propios trabajadores de un mismo nivel laboral. «En estos casos, no hay razones de género, es decir, lo mismo denuncian hombres que mujeres». Jabato recuerda que en este tema se ha avanzado bastante en nuestro país después de la ley de Igualdad aprobada en 2007, que obliga a las empresas a implantar un código de prevención de acoso en el trabajo.
Conciliación familiar
Ángel Martín, de CC.OO., afirma que entre las demandas individuales que se presentan en los juzgados de lo social abundan últimamente las relacionadas con la conciliación de la vida familiar y laboral, así como los casos sobre invalidez, salud laboral y libertad sindical. Sobre las de invalidez, reconoce que «muy pocas resultan favorables a los trabajadores». En su opinión, los juzgados de lo social, concretamente los de Madrid, están muy atascados. «Hay casos en los que tardan casi un año en citar a un despedido». Sin embargo, Ignacio Jabato cree que la justicia no es tan lenta. Incluso, apunta que, por ejemplo, en la Audiencia Nacional, que trata asuntos muy complejos, son «muy rápidos», ya que «las citas son inmediatas y las sentencias suelen estar entre tres y siete días después».
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