Así eran las leyes más abusivas (y ridículas) de la Europa feudal
Un señor del Franco Condado tenía sobre el papel derecho a llevarse a sus vasallos a cazar en invierno «y, después, obligar a vaciar los intestinos para poder calentarse los pies en el excremento».
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La imagen que flota en el imaginario popular sobre la Edad Media en verdad está limitada a lo que ocurrió en dos regiones muy concretas, el periodo feudal en Francia e Inglaterra. La Edad Media española, de la que se desconocen datos tan básicos como que la mayoría de la población estaba constituida por hombre libres, es una gran desconocida, del mismo modo que lo es el caso italiano o el de la Europa oriental.
Todos los clichés, todas las leyes abusivas entre siervos y señores, pertenecen a estas regiones feudales y, desde luego, algunas son terribles. La señoría, o feudo, era el conjunto de tierras y campesinos que dependían de la autoridad del señor. Esta autoridad le confería una serie de derechos territoriales y jurisdiccionales sobre sus vasallos y feudatarios. Los llamados siervos no eran esclavos propiamente, pero tampoco gozaban de un régimen de libertad completo, puesto que su condición servil les obligaba a trabajar en esas tierras y a no abandonarlas salvo que así lo decidiera el señor.
Cuando un señor caía prisionero, los vasallos debían pagar el rescate de su liberación, también tenían que contribuir para fabricar la armadura del primogénito del señor cuando era armado caballero, o para casar a la hija mayor o contribuir para pagar las incursiones en Tierra Santa. El señor podía exigir a los siervos que le aconsejaran o que sirvieran en sus tropas por un tiempo limitado.
Abusos heredados
El señor del feudo, que solía quedarse en monopolio la explotación de los bosques y la caza, los caminos y puentes, los molinos, las tabernas y tiendas, estaba obligado a defender a las personas bajo su autoridad y era él el encargado de impartir la jurisdicción civil y criminal. En muchos casos, los señores usaban estos poderes para enriquecerse aún más explotando a los siervos, lo que en los reinos españoles se designaba como los «malos usos señoriales».
No está claro cuántos de estos abusos, como el conocido el ius prime noctis o derecho de pernada (el privilegio feudal por el que los nobles tenían potestad de pasar la noche de bodas con la mujer de sus vasallos, esto es, de desvirgarla), eran realmente algo frecuentes y cuántos se usaban, tan solo, como método de presión para lograr que el siervo soltara más dinero. En el caso mencionado del derecho de pernada se sabe con seguridad que se ejerció de forma indirecta mediante el pago de un impuesto al señor por autorizar el enlace de sus vasallos, de manera que en muchos lugares el señor simulaba el acto sexual o saltaba encima de la novia en las celebraciones que seguían a la boda tan solo como broma macabra.
Otros abusos comunes en la Europa feudal eran la prohibición a todo siervo de sacar grano del señorío, en parte para evitar la escasez y en parte para evitar la especulación; la obligación de usar el molino o el horno del señor previo pago de una tasa; el derecho del señor de apropiarse de parte de los bienes de un siervo que hubiese muerto sin descendencia; la obligación de que un siervo se hiciese cargo de la administración de diversos bienes señoriales, corriendo de su bolsillo cualquier pérdida o desperfecto, o lo que en Castilla recibió el nombre del privilegio del corral que permitía al señor llevarse toda suerte de ganado cuando así lo considerase.
Los siervos y colonos estaban obligados a hospedar a los señores y sus acompañantes en los viajes por sus dominios. El señor, como responsable de la justicia, tenía potestad para poner grilletes a sus siervos, encarcelarles, requisar sus bienes en caso de desobediencia.
Si bien la proliferación de las ciudades y el aumento del poder real recortó hacia el inicio de la Edad Moderna la importancia social y económica de los feudos, aún sobrevivieron largo tiempo muchas de sus leyes. En víspera de la Revolución francesa, distintos autores denunciaron la existencia de derechos anacrónicos en algunas regiones de Francia. El abate Clerget criticaba que a finales del siglo XVIII algunos nobles blandían las viejas obligaciones de los siervos para recaudar más impuestos. Un señor del Franco Condado tenía sobre el papel derecho a llevarse a sus vasallos a cazar en invierno «y, después, obligar a vaciar los intestinos para poder calentarse los pies en el excremento».
En Borgoña y el Nivernais pervivían extravagancias igual de humillantes, como la obligación de entregar la lengua de todos los bueyes sacrificados al señor de sus tierras, o a presentar los testículos de los toros en las mismas circunstancias. En algunos lugares de Francia era necesaria todavía en esas fechas la autorización del noble para que el campesino vendiera su tierra y tenía prohibido hacerlo a cualquier otra persona que no fuera un pariente directo con el que hubiese compartido casa.
Los malos usos señoriales
Ni en Castilla ni en León se estableció un sistema feudal estricto. La repoblación de las tierras conquistadas a los musulmanes requería colonos venidos de otras partes del país, lo cual hacía poco aconsejable que se establecieran leyes abusivas por parte de los señores. Lo más parecido al sistema feudal francés, y por ello al más conocido, se vivió en el Principado de Cataluña. En las encomiendas (feudos bajo el cargo de órdenes militares) de las zonas rurales se categorizó en seis los malos usos contra los campesinos:
–La intestia: el derecho del señor a quedarse con un tercio del patrimonio que dejara en herencia el campesino. Si no dejaba viuda ni hijos, el señor se quedaba con la mitad de todo.
–La exorquia: el derecho a quedarse con un tercio de los bienes del payés si moría sin descendencia.
–La cugucia: el derecho del señor de apropiarse de la dote de las mujeres de los campesinos en caso de un adulterio consentido, o de repartirse con el campesino la mitad de la dote en caso de que no fuera consentido.
–La arsia: la responsabilidad económica del siervo en caso de que se produjera un incendio o una catástrofe en la tierra que cultivaba.
–La firma de spolii: el pago por los derechos de boda que pagaba el padre de la novia.
–La remensa: el pago que debía hacer un campesino a su señor para recuperar su libertad de movimientos y dejar de estar adscrito a la tierra que trabaja.
A finales del siglo XV, Fernando El Católico debió lidiar con una serie de revueltas de los payeses (los campesinos) contra estas malas prácticas, probablemente las más abusivas de todos los reinos hispánicos. La sentencia arbitral de Guadalupe, firmada el 21 de abril de 1486, puso fin al conflicto y abolió los malos usos y la remensa, si bien a cambio de una compensación económica para los nobles y de más impuestos para los campesinos.
Origen: Así eran las leyes más abusivas (y ridículas) de la Europa feudal